martes, 8 de octubre de 2013

Alimentos entre cónyuges > Alimentos provisorios

Si los cónyuges se encuentran separados de hecho, desde enero de 2007, como asimismo surge que la actora trabaja, sobre todo el tiempo transcurrido sin pedir alimentos para sí, como el hecho de recién solicitarlos al iniciar el divorcio, y no instar el proceso, no configuran una necesidad alimentaria impostergable, lo cual a nuestro criterio obsta a fin de fijar una cuota provisoria. Por supuesto que ello no significa que se le vede el derecho a solicitar cuota alimentaria como cónyuge, pero en el trámite pertinente


P. M. vs. Z. N. s. Divorcio vincular con causa - Incidente de elevación Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Sala II, Neuquén, Neuquén; 06-12-2011; Sumarios Oficiales Poder Judicial de Neuquén

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